TRÁMITES.

SOLICITUD PARA EL USO O CAMBIO DE DENOMINACIONES.
Este certificado sirve para comprobar que el nombre elegido para la sociedad no coincide o es similar con el de otra existente.
Se debe indicar el nombre completo de uno de los socios de la empresa y cinco nombres para que conformen la sociedad.
  • Vigencia: Al transcurrir 6 meses de que se otorgó la denominación.
  • Renovación: Si han transcurrido más de 3 meses desde que se otorgó la denominación y no se ha realizado la escritura ante el notario. Esta se solicita en el Registro Mercantil Central, junto con la copia de certificación caducada.
  • Extravío: Cuando se pierde la certificación original, se solicita un duplicado en la sección de anuncios y avisos legales del Boletín Oficial del Registro Mercantil.

-Mitzi Orozco Becerril.

ACTA CONSTITUTIVA.
Documento necesario y obligatorio para la formación legal de una organización. Su duración máxima es de 99 años. Es el Acta de ”nacimiento” de una empresa.
Se llena ante notario público y tiene que tener todos los datos de la empresa que se planea crear.

Formato
  • Laura Itzel Arista Camacho.
  • Alejandra Patricia Salazar García.

R1: Alta en SHCP “Secretaria de Hacienda y Crédito Público”
Este documento sirve para dar a conocer la clave del registro federal de contribuyentes así como la clave única de población, las cuales deberán de ser utilizadas para realizar sus trámites ante el servicio de administración tributaria, así mismo para declarar ante esta institución anualmente, en los meses de marzo y abril, esto únicamente lo pueden obtener o solicitar los empresarios “personas morales” de nueva creación a través de sus representantes legales entre otras: Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, etc. Así como los asalariados “personas físicas”; el tramite es gratuito lo pueden realizar directamente en las oficinas del SAT, con sus contadores o personalmente se atiende de preferencia con cita anticipación, o vía internet. Su tiempo de respuesta es inmediato. Se debe contar con certificado de firma electrónica y contraseña.

Formato
-Alejandra Patricia Salazar García.

LICENCIA DE ZONIFICACIÓN O USO DE SUELO.
  • ¿Qué es?
Es un documento mediante el cual se obtiene el permiso de uso de suelo según lo establecido por el desarrollo urbano, está dirigido tanto a personas físicas como morales.
Se realiza ante SEDUVI o en las ventanillas delegacionales y tardan en darnos respuesta 5 días.
Los requisitos necesarios son:
  • Copia de boleta predial.
  • Posesión o terrenos de conservación.
  • Pago de los derechos.
  • Identificación oficial.
  • Escritura pública (Acta Constitutiva).
Este documento se encuentra con un formato AU-US/01 y tiene vigencia de un año.

Formato
-Mara Mariana Orozco Becerril.

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.
La licencia de funcionamiento es la autorización que otorga el municipio donde se desarrollara alguna actividad económica. El trámite se realiza en una ventanilla única y la respuesta tarda entre 10 y 20 días dependiendo del tipo de solicitud.
En el Distrito Federal tiene una duración de 3 años, mientras que en los otros municipios es de un año.
Este documento se encuentra en formato VU-EM-01 y participan personas tanto físicas como morales.
El fundamento federal es la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM)  y existen dos tipos:
  • Bajo: Se refiere al local ya que es el puesto mercantil con menos riesgo. Por ejemplo las peluquerías, seminarios, lavanderías.
  •  Alto: Es el local, se fundamenta en el bando municipal. Por ejemplo los restaurantes o bares.

-Mitzi Orozco Becerril.

Aviso de Declaración de Apertura para un Establecimiento Mercantil.
  • ¿Qué es?
Es un trámite que se realiza por escrito para personas físicas o morales cuyos negocios no se vean envueltos en riesgos mayores según la Ley de Establecimiento Mercantil y por tanto, su giro no requiere Licencia de Funcionamiento. 
Su respuesta es inmediata y se obtendrá un acuse de recibo, este formato se tramita en la Ventanilla Única Delegacional.
Esto está respaldado por:

  • Ley Orgánica de la Administración Pública.
  • Ley de Establecimientos Mercantiles.
  • Ley de Procedimiento Administrativo.
  • Código Fiscal.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública.
  • Laura Itzel Arista Camacho.

VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN.
  • ¿Qué es?
Es un trámite mediante el cual el responsable de la obra, es decir el director manifiestan las edificaciones e instalaciones, reúnen las condiciones de seguridad para su funcionamiento.
Está dirigido al propietario, poseedor y director de la obra, su tiempo de respuesta es inmediato. La documentación a obtener consta del  visto bueno de  seguridad y operación.
Sus fundamentos jurídicos son:
  • Ley Orgánica de la administración del Distrito Federal.
  • Ley de desarrollo urbano del Distrito Federal.
  • Ley de procedimiento administrativo del Distrito Federal.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
  • Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.
El costo es gratuito y por mencionar algunos de los requisitos se encuentran:
  • Solicitud que incluya el visto bueno de seguridad y operación original y copia.
  • Licencia de construcción.
  • Documento que acredite la personalidad.
  • Certificado de Zonificación.

-Mara Mariana Orozco Becerril.

Licencia de Anuncio Denominativo.
  • ¿Qué es?
Es un trámite dirigido a una personas físicas o morales, que se realiza para permitir instalar un anuncio que contenda una denominacíón, logotipo o emblema y eslogan de una empresa.
El formato que se utiliza es el AN08 y se presenta en la delegación que le corresponda al responsable del trámite para realizarlo. Su tiempo de respuesta es aproximadamente 30 días hábiles y se tiene que renovar cada 3 años.
Está respaldado por (Fundamento Jurídico):

  • Ley de Publicidad Exterior.
  • Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior.
  • Código Fiscal.
  • Laura Itzel Arista Camacho.

Permiso Administrativo Temporal Revocable de Espacios para Anuncios en Nodos Publicitarios
Este documento sirve para la comercialización de propaganda comercial de información cívica y cultural. Se tramita en la  Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda de Gobierno “SEDUVI”, el costo es dependiendo el tamaño del anuncio, los pagos se realizan en las instalaciones de administraciones tributarias, cajas recaudadoras de la tesorería, centros de servicio tesorería, centros de servicios digitales, bancos y centros comerciales autorizados, el tiempo de respuesta es en 30 días hábiles, el documento que se obtiene con esto es el Permiso Administrativo Temporal Revocable; confiere a personas físicas o morales y su vigencia es de 5 años.

Formato
-Alejandra Patricia Salazar García.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Brandy Eggnog Cocktail